Quince meses de libertad vigilada a un menor por violencia de género
El Juzgado número 1 de menores de Pamplona, condena a un joven menor de edad por cuatro delitos de violencia de género sobre su pareja, menor de edad también, a quince meses de libertad vigilada y prohibición de acercamiento a 200 m, de la víctima, así como la imposibilidad de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo de tiempo.
La juez, considera probado que entre ambos jóvenes existió una relación sentimental durante dos años y medio, siendo frecuentes las discusiones entre ellos, motivadas por los celos del acusado, incrementándose estos en el ultimo año de la relación, en los que se prefería a la víctima con insultos tales como «puta, zorra, furcia, puta inmigrante de mierda, regalada, asquerosa, basura, no vales para nada, puta negra, eres la mierda del país» y le amenazaba diciendo «que le iba a romper los frenos del coche a su madre, que si se iba con otro estaba muerta, que le rompería la cabeza y los dientes, lo vas a pagar, te voy a agarrar el cuello hasta que no puedas más«
En el auto, se considera como hecho probado que el menor ejerció un fuerte control sobre su pareja, diciéndole con quien podía o no podía ir, la ropa que debía ponerse, el uso de redes sociales y teléfono. También lanzaba objetos contra ella como libros, zapatos, el móvil o el mando de la televisión.
Si bien la víctima refiere esporádicos episodios de agresión hacia su persona, en el informe sanitario practicado, se recoge que no existen informes facultativos que acrediten que como consecuencia de los hechos relatados haya sufrido lesiones y que en la fecha del mismo no se objetivan secuelas físicas, así como no ha quedado acreditado que el menor acusado la hubiera obligado a mantener relaciones sexuales mediante la fuerza o intimidación.
Por ello, los hechos que se declaran probados son legalmente constitutivos de UN DELITO DE VIOLENCIA DE GENERO, MALTRATO HABITUAL previsto en el Art. 173,2º DEL Código Penal, por lo que Procede imponer al menor las siguientes medidas
Quince meses de libertad vigilada y prohibición de acercamiento a una distancia de 200 metros respecto de la víctima y de comunicación con la misma por cualquier medio y durante el mismo tiempo.
En la sentencia, se manifiesta que
Debido a su edad dispone de libertad de horarios.
Aspira a obtener el titulo de Secundaria y presentarse a las pruebas para ingresar en la Guardia Civil.
Reconoce haber mantenido un comportamiento abusivo, denigrante y obsesivo hacia su novia.
Teniendo en cuenta la situación del menor y la naturaleza de los hechos, resultan adecuadas las medidas impuestas por el tiempo acordado.
La medida de Libertad Vigilada tendrá los siguientes objetivos besicos:
1. Apoyar al joven en su proceso de maduración personal.
2. Tratar de mejorar su implicación en el mundo formativo para evitar el abandono escolar.
3. Buscar alternativas positivas para la utilización del tiempo libre.
4. Incorporarlo a un programa contra la violencia de género y el respeto a la diversidad.
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