El uso de correos confidenciales como defensa ante un despido
La Audiencia Provincial de Madrid, absuelve a un trabajador, que fue despedido por delito de revelación de secretos, acusado del mismo por la empresa en la que trabajaba, al haber utilizado en el juicio correos internos de la empresa.
La absolución del delito de revelación de secretos, se basa según la consideración del juez de la no concurrencia de los requisitos que son exigibles a este delito.
En la sentencia, se condena a la empresa en costas, solicitud de la defensa del acusado, al considerarse que el proceso fue mantenido abierto por parte de la compañía durante cuatro años, teniendo al exempleado , sin suficiente base, alargando el proceso, siendo incapaz de acreditar el delito que le imputaba.
Tras el despido el trabajador, presentó como prueba documental para su defensa en el juicio laboral, datos e informaciones de la empresa que le llegaron a su correo electrónico personal. Esta información llegó posterior a su cese en la empresa, sin que él hubiera participado en su ilícita obtención, según recoge la sentencia.
Dicha información, consistía en correos confidenciales, enviados por la directora general de operaciones, con datos puntuales sobre ingresos esperados por la compañía, ingresos de operaciones efectuadas, objetivos, facturación o previsiones.
Los datos obtenidos en los correos, fueron presentados, con la intención de argumentar y justificar la poca certeza de las razones objetivas alegadas por la empresa para justificar el cese de su relación laboral.
Para el tribunal, estos hechos no son constitutivos del delito de revelación de secretos que se le achaca. No ha quedado acreditado que se hayan revelado “secretos” de la empresa, “pues no tienen tal carácter, ni relevancia, unos correos que hablan simplemente de lo que se puede calificar de buenas noticias de naturaleza económica para la empresa y que contienen recomendaciones para una mejor gestión”, una cosa es que se trate de informaciones confidenciales y otra que se esté ante todo un secreto.
El uso de dichos datos, según la Sala, no fue con el ánimo de divulgar intimidades sino de defenderse en un proceso laboral de lo que el acusado consideraba una información que contradecía las razones de su despido, que se basó en razones objetivas es decir, en la mala situación de la empresa.
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