El Consejo de Ministros busca cambiar la estructura judicial mediante la introducción de los tribunales de instancia
El Consejo de Ministros une juzgados de Instancia y audiencias provinciales
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el polémico Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que busca cambiar la estructura judicial mediante la introducción de los tribunales de instancia (TPI) en las capitales de provincia, el reforzamiento del Tribunal Supremo.
Este Anteproyecto despertó, en septiembre del año pasado, las iras de las asociaciones de jueces y de los jueces decanos de toda España que convocaron asambleas para debatir las líneas generales de esta norma, que concluyeron con la convocatoria de una huelga de jueces.
Estos tribunales aglutinarán a todos los juzgados existentes bajo la fórmula de unidades judiciales (UJ) y asumirán también la función juzgadora de la audiencia provincial a través de las Secciones de Enjuiciamiento. Con su creación se pretende acabar con las desigualdades que se producen entre juzgados por las distintas cargas de trabajo, tras haberse demostrado que la creación de otros nuevos no proporciona una solución definitiva al problema.
Sedes de ámbito provincial
La flexibilidad de organización que permiten los tribunales provinciales de instancia, en todos los órdenes jurisdiccionales, facilitará las sustituciones de jueces mediante la reasignación de efectivos dentro de un mismo órgano judicial.
El Ministerio de Justicia trata de garantizar una mayor seguridad jurídica al establecer que los asuntos de especial trascendencia puedan ser instruidos por colegios de tres jueces y fomentar que se celebren plenos para unificar doctrina. La LOPJ englobará a los asuntos que llegan a la Audiencia Nacional (AN).
Cada TPI (50 más Ceuta y Melilla que tendrán el suyo propio) contará con cuatro Salas, una por cada orden jurisdiccional: Civil, Penal, Contencioso y Social. Cada una dispondrá de UJ (los jueces unipersonales) y secciones, cuando un asunto por su relevancia se atribuya a un colegio de al menos tres jueces.
Dentro de la Sala Civil podrán establecerse UJ o secciones especializadas en Mercantil y Familia; en la de lo Penal, de Garantías de la Instrucción, de Enjuiciamiento, de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, de Violencia sobre la Mujer, de Menores y de Delitos Económicos; y en la Contencioso-Ad- ministrativa, en tributario.
Su sede oficial estará en la capital de provincia, pero se podrán mantener otras sedes desplazadas ya existentes en función de circunstancias como el volumen y dispersión de la población en la provincia; la carga de trabajo o la distancia de la sede desplazada a la capital de la provincia, etc.
El reparto provincial será una realidad en seis meses, pero las autonomías dispondrán de un año desde que entre en vigor para remitir al Gobierno su propuesta de organización sobre demarcación.
Tribunales Superiores
Los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) seguirán siendo los órganos judiciales de mayor nivel autonómico, pero ven ampliadas sus competencias, porque asumirán las que tenían las Audiencias Provinciales (AP) en apelación en materia Civil, y mantendrán las que tenían en Contencioso y Social.
También serán los encargados de conocer los recursos de casación en derecho autonómico y continuarán encargándose de investigar y juzgar a los aforados que les atribuyan los Estatutos de autonomía.
Se mantendrán las sedes oficiales con las que ya contaban los TSJ de Andalucía, Castilla y León y Canarias. Ceuta y Melilla se integran en el de Andalucía y en la Sala Civil valenciana se incluirá al actual Tribunal de Marca Comunitaria, con sede en Alicante.
Estarán integrados por una Sala por cada orden jurisdiccional y una de Asuntos Generales. Los de Madrid, Cataluña, Valencia y Andalucía podrán crear secciones que con carácter exclusivo conozcan de los recursos en materia mercantil y tributaria. En el ámbito Penal la instrucción de asuntos corresponderá a una UJ, pero podrá encargarse a un colegio de tres jueces por su especial complejidad.
Audiencia Nacional
La Audiencia Nacional contará con una Sala de Instancia de lo Penal y otra de lo Contencioso, en la que se enmarcarán los Juzgados Centrales a través de UJ y una sección colegiada que se encargará de juzgar. Además, habrá tres Salas Superiores, una para Penal, otra para Contencioso y la tercera de lo Social.
En el ámbito Penal, la novedad será que la instrucción de los delitos se realizará en la Sección colegiada de Garantías de la Instrucción, con la intervención colegiada de tres magistrados, con lo que, según el texto del Anteproyecto se pretender dar mayor seguridad.
Fuente: eleconomista.es
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!