Un juez de Madrid admite a trámite una demanda colectiva por la salida a Bolsa de Bankia

bankiaUn juzgado madrileño ha admitido por primera vez a trámite una demanda colectiva presentada por 660 afectados por la compra de acciones de Bankia en julio de 2011. Los demandantes esgrimen que la entidad financiera “ocultó” a sus clientes la verdadera situación económica y patrimonial del banco.

El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid ha admitido a trámite la demanda colectiva presentada en nombre de 660 afectados por la compra de acciones en la Oferta Pública de Suscripción (OPS) de Bankia llevada a cabo en julio de 2011. El Bufete encargado de defender a los 660 afectados demanda que se anulen los contratos de compra de las acciones por un vicio en el consentimiento de los compradores. La firma indica que a estos inversores se les “ocultó y engañó sobre la verdadera situación económica y patrimonial de la entidad”.

Así, se les hizo ver que Bankia era una entidad financiera solvente y saneada, cuando la realidad era que el banco estaba en quiebra técnica y hubiera entrado en concurso de acreedores y liquidación de no ser rescatada por el Estado con la inyección en más de 23.000 millones de euros.

Esta es la primera demanda colectiva que los jueces admiten a trámite, situación que contrasta con el rechazo del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Valencia a admitir a trámite una demanda presentada en nombre de 2.700 inversores afectados por la misma causa y que fue presentada por el mismo despacho, quien  ha liderado la vía de las demandas colectiva contra Bankia.

El hecho es que los juzgados están teniendo distinto comportamiento en las distintas demandas que se están formulando contra Bankia, tanto a nivel particular como colectivo.

Disparidad de sentencias

Ausbanc, asociación de usuarios bancarios que lidera la demanda por la salida a Bolsa de Bankia, ya ha presentado en los juzgados varias demandas individuales, y comienzan a llegar las sentencias, algunas con éxito. Así, recientemente, un juzgado madrileño ha condenado a la entidad a devolver a un cliente 138.997,50 euros invertidos, junto con los intereses legales calculados desde la fecha de la compra y las costas del proceso.

La sentencia estima íntegramente la demanda interpuesta por Ausbanc frente a Bankia, anulando tres órdenes de suscripción de acciones adquiridas por una sociedad anónima en 2011.

Sin embargo, no todos los demandantes tienen la misma suerte. A finales de septiembre, el Juzgado de Primera Instancia número 16 de Valencia desestimó la demanda de un cliente de un cliente que acudió a la salida a Bolsa de Bankia, al considera el juez que las acciones no son un producto complejo y el demandante sabía lo que compraba, ya que había invertido en bolsa con anterioridad, lo que implicaba cierto grado de conocimiento de la renta variable.

Los Hechos

Bankia colocó el 48% del capital de la entidad (3.100 millones de euros) en 2011. De ese importe, un 60% se vendió a clientes de Bankia, principalmente en Madrid –área de influencia de la antigua Caja Madrid- y en Valencia y Castellón -en donde la influencia la ejercía Bancaja-.

En total, fueron más de 400.000 los clientes que confiaron en el equipo de gestión de ese momento y que invirtieron 3.100 millones de euros, que prácticamente perdieron un año después, con la intervención de Bankia por parte del FROB, cuando se anunciaron unas pérdidas de 2.979 millones.

En el proceso de restructuración de 2013 se hizo un procedimiento llamado ‘contrasplit’ por el cual 100 acciones viejas se concentraban en una única acción. Mediante ese ‘contrasplit’, quienes invirtieron en la OPV de Bankia en julio del 2011 habrían perdido el 99,54% de su inversión. En otras palabras: quien invirtiese 3.750 euros en 1.000 acciones de Bankia, tendría 10 acciones con un valor de 14,85 euros. Es decir, los ahorros de cientos de miles de inversores se volatilizaron en la salida a bolsa de Bankia.

Fuente: diariojuridico.com

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