• Link to Facebook
  • Link to LinkedIn
  • Link to X
  • Link to Youtube
Llámanos, Tlf.: (+34) 925 25 21 43
Majano Abogados en Toledo
  • INICIO
  • QUIENES SOMOS
  • SERVICIOS
  • ACTUALIDAD
  • CONSULTA GRATIS
  • CONTACTO
  • Click to open the search input field Click to open the search input field Buscar
  • Menú Menú

Inconstitucional el euro por receta de Cataluña, constitucional la tasa judicial

13/05/2014/en Noticias

inconstitucionalidadEl TC declara inconstitucional el Euro por receta de Cataluña y constitucional su tasa judicial

El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Gobierno contra la imposición en Cataluña tanto del llamado “euro por receta” como de la tasa judicial.

En una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Fernando Valdés Dal-Ré, el Pleno declara la inconstitucionalidad del “euro por receta” y, por el contrario, avala la constitucionalidad de la tasa judicial.

Euro por receta

El TC señala que en materia de sanidad, frente a lo que ocurre con otras competencias compartidas entre el Estado y las CC.AA., “el régimen
de sostenimiento económico forma parte de la competencia básica del Estado”. La LOFCA (Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas) establece, además, que “el Estado garantizará en todo el territorio español el nivel mínimo de los servicios públicos fundamentales de su competencia”, entre los que se encuentra la sanidad. El TC recuerda que el Sistema Nacional de Salud es único y que su financiación se hace con cargo al Fondo de Garantía de Servicios Públicos, un fondo solidario cuya finalidad es precisamente “asegurar que cada CC.AA recibe los mismos recursos por habitante ajustado para financiar los servicios públicos fundamentales esenciales del Estado de Bienestar”.

Por todo ello, explica la sentencia, al ser la financiación de la sanidad una competencia básica del Estado, no cabe “el establecimiento de una tasa como la controvertida, que altera, haciéndolo más gravoso para los beneficiarios, el régimen de participación en el coste previsto” por la ley. De hecho, el “euro por receta” recae directamente en la prestación farmacéutica, haciendo más gravosa para los ciudadanos de Cataluña la adquisición de medicamentos con receta, pues el pago de la tasa es una condición para su dispensación.

Tasa judicial

La sentencia recuerda que la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado en materia de “Administración de Justicia” (art.149.1.5ª
CE), competencia para cuya financiación la ley prevé la imposición de tasas; y que, por su parte, el Estatuto de Autonomía de Cataluña (arts. 101 a 109) señala las competencias de la Generalitat sobre la Administración de Justicia y, entre ellas, incluye expresamente la posibilidad de implantar tasas para financiarla.

La sentencia dictada por el TC en 2010 sobre el Estatuto de Cataluña (STC 31/2010, de 28 de junio) determinó que el Poder Judicial y el gobierno del Poder Judicial son únicos. Sentada dicha premisa, y sentado también que al Estado corresponde la competencia exclusiva de la Administración de Justicia (entendiendo como tal el ejercicio de la jurisdicción, juzgar y hacer ejecutar lo juzgado), el Pleno admitió que “existe un conjunto de medios personales y materiales” que están “al servicio” de la Administración de Justicia, pero “no estrictamente integrados” en ella, sobre los que las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias. Partiendo de este principio, es posible la imposición de tasas autonómicas sobre dicha “administración de la Administración de Justicia”.

El Constitucional descarta que haya coincidencia entre el hecho imponible sobre el que recae la tasa estatal y el hecho imponible gravado por la tasa autonómica. “La regulación de la tasa por el Estado se justifica porque el hecho imponible se hace recaer, no ya sobre el servicio público de la Administración de Justicia, que puede ser asignado a las Comunidades Autónomas, que lo gestionan en cuanto a la dotación y financiación de
los medios personales y materiales precisos, sino, específicamente, sobre „el ejercicio de la potestad jurisdiccional‟ que es una actividad típica e indeclinablemente estatal, en cuanto manifestación de uno de los poderes del Estado”. Por el contrario, la tasa autonómica se refiere a los medios materiales y personales al servicio de la Administración de Justicia, una materia cuya competencia es de la Generalitat. “Si la competencia exclusiva del Estado en materia de Administración de Justicia es compatible con la competencia autonómica en materia de provisión de medios personales y materiales al servicio de aquélla, no es dable dudar de la regularidad constitucional del establecimiento de una tasa para financiar dicha competencia autonómica”, determina el TC.

Además, según la sentencia, “a diferencia de lo que sucede con la tasa del Estado, la autonómica no está enlazada con el acceso a la jurisdicción o a los recursos, ya que el pago de la misma no constituye condición de admisibilidad de los actos procesales cuya vertiente administrativa pretende financiar. Mientras que la conexión de las tasas estatales con la potestad jurisdiccional es directa y resulta patente, toda vez que su impago
lleva ineludiblemente aparejada la inadmisión del acto procesal al que la misma se anuda (art. 8.2 Ley 10/2012), siendo así conditio sine qua non para el propio ejercicio de la tutela judicial efectiva, el abono de la tasa autonómica carece, como no puede ser constitucionalmente de otro modo, de toda consecuencia impeditiva o retardataria del acceso a la jurisdicción”.

Fuente: noticias.juridicas.com

Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en LinkedIn
  • Compartir por correo
https://majanoabogados.com/wp-content/uploads/2017/03/Majano-Abogados-black-300.png 0 0 Majano Abogados https://majanoabogados.com/wp-content/uploads/2017/03/Majano-Abogados-black-300.png Majano Abogados2014-05-13 09:00:202014-05-12 01:29:59Inconstitucional el euro por receta de Cataluña, constitucional la tasa judicial
Quizás te interese
El Supremo anula parte del Reglamento que regula los ERE
Una sentencia de la Audiencia de Palma obliga a renegociar un préstamo hipotecario
Anulados planes generales urbanos por considerarse suelo no consolidado
Tráfico deberá descontar en las multas el margen de error de los radares
Daño moral en venta de preferentes con indemnización y actitud temeraria del banco
Devueltos los puntos a un conductor al no intentarse la notificación de la sanción en todos los domicilios
0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

 
Search Search
  • Mano dejando unas llaves sobre una hoja de inventario en una vivienda luminosa.
    Devolución de la fianza del alquiler: documentos, descuentos y reclamación17/09/2026 - 10:00
  • Material escolar, recibos y manos de dos adultos revisando un presupuesto sobre una mesa.
    Gastos escolares tras el divorcio: qué incluye la pensión y cómo evitar conflictos15/09/2026 - 10:00
  • Teléfono boca abajo y ordenador cerrado mientras una persona se aleja hacia un balcón.
    Desconexión digital: cómo actuar ante mensajes de trabajo fuera de horario10/09/2026 - 10:00
  • Persona revisando hojas de liquidación con un bolígrafo, una calculadora y una carpeta azul.
    Finiquito: qué revisar antes de firmar la liquidación del contrato08/09/2026 - 10:00
  • Mano sosteniendo unas llaves sobre una mesa con documentos en una vivienda con vistas a Toledo.
    Usufructo del cónyuge viudo: qué significa al heredar una vivienda03/09/2026 - 10:00
  • Mano sobre una agenda junto a un ordenador cerrado y una mochila escolar en un despacho doméstico.
    Adaptación de jornada por conciliación: cómo preparar una solicitud concreta01/09/2026 - 10:00
  • Manos sosteniendo una cámara para fotografiar una mancha de humedad junto a una ventana.
    Filtraciones y seguro del hogar: cómo documentar el daño y reclamar27/08/2026 - 10:00
  • Una persona mayor señala un documento que revisa junto a otra persona sentada a su lado.
    Poderes preventivos: cómo organizar apoyos respetando tus decisiones25/08/2026 - 10:00

Majano Abogados

Bufete de Abogados en Toledo

C/ Huérfanos Cristinos , 1 portal 3-1º A
45003, Toledo
TOLEDO

TLF: 925 25 21 43
Email: majano@majanoabogados.com

LE OFRECEMOS LA POSIBILIDAD DE CELEBRAR VIDEO CONSULTA SI NO PUEDE O NO DESEA DESPLAZARSE HASTA NUESTRO DESPACHO

Video Consulta con abogado en Toledo

  • Mano dejando unas llaves sobre una hoja de inventario en una vivienda luminosa.
    Devolución de la fianza del alquiler: documentos, descuentos y reclamación17/09/2026 - 10:00
  • Material escolar, recibos y manos de dos adultos revisando un presupuesto sobre una mesa.
    Gastos escolares tras el divorcio: qué incluye la pensión y cómo evitar conflictos15/09/2026 - 10:00
  • Teléfono boca abajo y ordenador cerrado mientras una persona se aleja hacia un balcón.
    Desconexión digital: cómo actuar ante mensajes de trabajo fuera de horario10/09/2026 - 10:00
  • Persona revisando hojas de liquidación con un bolígrafo, una calculadora y una carpeta azul.
    Finiquito: qué revisar antes de firmar la liquidación del contrato08/09/2026 - 10:00

Miembro de la Asociación de Española de Peritos Judiciales y Mediadores Arbitrales, nº: 594342
Bufete colaborador de Abogados365

HEREDEM ABOGADOS

© Copyright - Majano Abogados en Toledo
  • Link to Facebook
  • Link to LinkedIn
  • Link to X
  • Link to Youtube
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Link to: Menos litigios contra la administración por la subida de tasas y la crisis Link to: Menos litigios contra la administración por la subida de tasas y la crisis Menos litigios contra la administración por la subida de tasas y la crisisLink to: Denegada por el Supremo la inscripción de dos niños gestados en California a través de un contrato de alquiler Link to: Denegada por el Supremo la inscripción de dos niños gestados en California a través de un contrato de alquiler Denegada por el Supremo la inscripción de dos niños gestados en California...
Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba