Anulada multa de tráfico al considerar que los fotogramas carecen de garantía de veracidad
Un juzgado anula una multa de tráfico al entender que los fotogramas captados por las cámaras de tráfico no gozan de garantía de veracidad
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Madrid ha dictado una sentencia por la que anula una multa de tráfico que el Ayuntamiento de Madrid había impuesto a un conductor por saltarse un semáforo en rojo, al entender que los fotogramas captados por las cámaras de tráfico «no gozan de suficiente garantía de veracidad».
Según ha informado Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en un comunicado, la multa que pretendía aplicarse era una sanción de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet por haber rebasado presuntamente un semáforo en rojo en junio de 2012, algo que el conductor niega.
Así, el juzgado consideró el pasado 5 de junio que «los fotogramas que se acompañan al expediente administrativo no permiten reputar acreditada la infracción puesto que no gozan de suficiente garantía de veracidad ya que no hay constancia que las imágenes hayan sido captadas y manipuladas por funcionario policial alguno» y por esa razón anula la sanción impuesta, condenando además al consistorio madrileño al pago de las costas judiciales.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se incide también en que se desconoce la duración de la fase ámbar del semáforo, impidiendo saber si es suficiente para que el conductor se pueda detener en condiciones de seguridad, como exigen las normas de circulación.
Además, el magistrado considera que «no es factible comprobar» si la reproducción digital de la matrícula que aparece en la fotografía que sirve de prueba para la sanción corresponde realmente con la del vehículo sancionado, para lo que cita además una sentencia anterior del año 2012 en el mismo sentido.
Falta de garantías del sistema
Desde su puesta en marcha AEA ha cuestionado la falta de garantías de este sistema y reiteradas sentencias judiciales han aceptado los criterios expuestos por esta organización de defensa de los automovilistas. Además, en diversas ocasiones se han anulado las sanciones impuestas mediante el sistema foto-rojo utilizado por el Ayuntamiento de Madrid.
En unos casos porque las fotografías ofrecen serias dudas acerca de que realmente se rebasen en rojo los semáforos por ausencia del preceptivo control metrológico a que deben someterse los aparatos utilizados en la captación por imagen o porque la fotografía capta una imagen sesgada de la vía.
Además, hay otras sentencias que cuestionan que la duración de la fase en ámbar del semáforo es escasa para poder frenar con seguridad y y se advierte que no es factible comprobar si la matrícula que aparece en las fotografías corresponde con el vehículo que ‘supuestamente’ rebasó el semáforo en rojo
fuente: noticiasjuridicas.com
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