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Veinte propuestas para realizar una reforma fiscal en España

Veinte propuestas para realizar una reforma fiscal en España

15/01/2019/en Noticias

Crear una ventanilla única, constituir un comité de sabios para simplificar el sistema o unificar criterios en la Administración son algunas de las sugerencias de la Aedaf para diseñar un nuevo marco tributario.

La falta de previsibilidad en el ámbito tributario es un aspecto que pone en pie de guerra a cualquier inversor, tanto nacional como extranjero. En un entorno en el que la complejidad normativa en el plano fiscal está alcanzando cotas inusitadas, la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha elaborado el informe Inseguridad jurídica en España: situación actual y propuestas para el futuro.

Introducción de medidas para limitar la retroactividad de las normas.
De cara a limitar la creciente tendencia a establecer normas tributarias con carácter retroactivo, se considera esencial poner coto a tal práctica por vía legislativa. Sería este uno de los aspectos clave a contemplar, bien en leyes de estabilidad fiscal o en la Ley General Tributaria.
Ley estatal de unidad de mercado en tributación.
La norma debería estar orientada a evitar la introducción o modificación de tributos que podrían ser incompatibles con el derecho comunitario, que podrían entrar en colisión con el principio de igualdad o con otros principios constitucionales, o que de alguna forma pudieran contribuir a quebrar la unidad de mercado dentro del territorio nacional.
Creación de un órgano consultivo.
Debe ser independiente de los legisladores para velar por la calidad del proceso legislativo en materia tributaria y apoyar de forma recurrente al Parlamento en esta materia. Las funciones del órgano consultivo podrían ser similares a las otorgadas a los joint committees of taxation estadounidenses.
Planificación adecuada de las modificaciones normativas fiscales.
Para mejorar el proceso de creación normativa debe empezarse por una adecuada planificación de las modificaciones a introducir a lo largo del año en función de los objetivos perseguidos (que no deberían ser exclusivamente recaudatorios). Planificación que debería posteriormente respetarse a lo largo del año, salvo excepciones por sucesos extraordinarios.
Armonización de las normas aprobadas por las distintas Administraciones tributarias.
En España, el nivel de complejidad de las obligaciones formales, así como el aumento de las cargas fiscales indirectas, «empieza a ser insoportable». Es necesario iniciar un proceso dirigido a simplificar y homogeneizar las formalidades tributarias exigibles a lo largo del territorio español.
Extensión de la facultad de la DGT para sentar criterios interpretativos.
De cara a evitar la diversidad de criterios interpretativos en el propio seno de la Administración tributaria, es esencial que la DGT asuma en la práctica el papel de dictar disposiciones interpretativas o aclaratorias de la normativa tributaria de forma amplia, que resulten de obligado cumplimiento para todos los órganos de la Administración.
Creación de un organismo dependiente de la AEAT responsable de homogeneizar criterios de actuación.
De cara a evitar la disparidad de criterios que se propone crear un organismo dependiente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria cuyo cometido sea revisar los criterios seguidos por los funcionarios de Hacienda.
Otorgar carácter vinculante a las conclusiones alcanzadas en comprobaciones tributarias previas.
Debería reconocerse legalmente el carácter vinculante a las conclusiones de los órganos de aplicación y revisión de los tributos, en actuaciones y comprobaciones previas.
Regulación de tax rulings o de acuerdos previos de tributación.
Se propone introducir en la normativa tributaria estatal un régimen de acuerdos previos de tributación o de tax rulings, al estilo de lo previsto en otros países de nuestro entorno o incluso en la normativa foral de Álava.
Separación de funciones en expedientes sancionadores.
Sería recomendable articular medidas para que los funcionarios que instruyan expedientes sancionadores sean obligatoriamente distintos de aquellos que practican la correspondiente regularización tributaria, de cara a que puedan apreciar con suficiente ponderación los elementos objetivos, y sobre todo subjetivos, exigibles para concluir acerca de la existencia o no de infracciones sancionables.
Intervención de unidades especializadas de la AEAT, en áreas complejas.
En la medida en que la realidad empresarial es cada vez más compleja, sería recomendable crear unidades especializadas dentro de la propia Agencia Estatal de Administración Tributaria, que necesariamente deberían intervenir, a modo de peritos internos, en casos tasados especialmente complejos.
Reforma del procedimiento sancionador.
Habría que contemplar legalmente la imposibilidad de iniciar nuevos procedimientos por sanciones que han sido ya previamente anuladas por los tribunales y mantener en la vía contencioso-administrativa la suspensión automática de la ejecución de las sanciones recurridas con anterioridad en los tribunales económico-administrativos, sin necesidad de aportar garantías.
Publicación obligatoria de las resoluciones.
Sería conveniente introducir la obligación legal de publicar todas las resoluciones de los tribunales económico-administrativos y las del Consejo para la Defensa del Contribuyente.
Supresión de la retroacción de actuaciones por parte de la Administración.
Se propone suprimir la posibilidad de retroacción de actuaciones, contemplada en el artículo 239.3 de la Ley General Tributaria, en aquellos supuestos en los que haya sido la propia Administración la que haya cometido defectos formales en el curso de un procedimiento.
Procedimientos sancionadores sobre hechos ya juzgados.
Modificar el artículo 250.2 de la Ley General Tributaria, que permite que, una vez se absuelva a un contribuyente por un proceso penal por presunto delito fiscal, puede iniciarse un nuevo procedimiento sancionador sobre los mismos hechos.
Creación de un comité de expertos para simplificar el sistema tributario y aligerar las cargas fiscales indirectas.
Debería definirse un plan de trabajo con objetivos y plazos realistas. Dada la inherente complejidad de nuestro sistema territorial, este comité debería tener un carácter permanente y presentar recomendaciones a los órganos legislativos periódicamente.
Creación de una ventanilla única para presentar declaraciones tributarias.
Se trata de crear un sistema centralizado para que los contribuyentes puedan presentar declaraciones tributarias que afecten a diversas Comunidades Autónomas.

Mediación y arbitraje para conflictos tributarios

  • Introducir la posibilidad de mediación, con carácter ex ante: Se propone introducir la posibilidad de la mediación, como fórmula para reducir la conflictividad entre la Administración y los contribuyentes. La mediación podría llevarse a cabo a través de un grupo de funcionarios internos expertos en mediación y ajenos al conflicto, o incluso a través de expertos tributarios ajenos a la Administración. A tal efecto, deberían regularse los órganos independientes que estarían facultados para actuar como mediadores, así como los supuestos tasados en los que cabría la mediación, tales como la discrepancia en cuanto a conceptos jurídicos indeterminados, la apreciación de los hechos o la valoración de las operaciones.
  • Introducción del arbitraje y la conciliación tributaria: La introducción de esta medida reduciría drásticamente la litigiosidad en nuestro país. En Reino Unido, por ejemplo, el arbitraje o la conciliación tributaria es posible a lo largo de todas las fases del procedimiento.
  • Creación de juzgados y secciones especializadas en los tribunales económico-administrativos: La formación de estos juzgados y secciones, integrados por profesionales especializados en derecho tributario, permitiría agilizar la respuesta a los recursos planteados.

Fuente: http://www.expansion.com

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