Subida del alquiler en 2026: índice IRAV | Toledo

Subida del alquiler en 2026: qué es el IRAV, a quién afecta y cómo reclamar si te suben de más | Toledo

En 2026 muchos inquilinos y propietarios se están encontrando con una duda muy concreta: “¿cuánto me pueden subir el alquiler este año?”. La respuesta ya no es tan simple como “IPC”, porque para determinados contratos se aplica el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV) que publica el INE. [oai_citation:0‡Instituto Nacional de Estadística](https://www.ine.es/dyngs/INEbase/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736177110&idp=1254735976607&menu=resultados&utm_source=chatgpt.com)

En este artículo te lo explico sin rodeos: qué es el IRAV, cuándo se aplica, cómo se calcula la actualización y qué hacer si te intentan subir más de lo que corresponde. Si estás en Toledo o provincia y quieres que revisemos tu contrato o la comunicación de actualización, puedes pedir consulta gratuita o escribirnos en contacto. [oai_citation:1‡Majano Abogados en Toledo](https://majanoabogados.com/consulta-gratuita/?utm_source=chatgpt.com)

1) Qué es el IRAV (y por qué existe)

El IRAV es un índice oficial diseñado para poner un “techo” a la actualización anual de la renta en ciertos contratos de arrendamiento. El INE explica que se define como el valor mínimo entre varias tasas: IPC, IPC subyacente y sus medias ajustadas con un coeficiente moderador. [oai_citation:2‡Instituto Nacional de Estadística](https://www.ine.es/uc/oC7D0Ncd?utm_source=chatgpt.com)

La idea es limitar subidas excesivas y dar estabilidad, pero en la práctica genera confusión porque no todos los contratos se actualizan igual: depende de cuándo se firmó el contrato y de qué dice la cláusula de actualización. [oai_citation:3‡Blog jurídico de Sepín](https://blog.sepin.es/blog/2025/03/28/actualizacion-renta-arrendamiento-vivienda-indice-revision-irav-ipc-igc/?utm_source=chatgpt.com)

2) Qué contratos se actualizan con IRAV y cuáles no

La regla general que se está aplicando en 2026 es:

  • Contratos firmados después de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda (mayo 2023): la actualización se vincula al índice que corresponda según la norma y lo pactado, y en la práctica se está usando el IRAV como referencia para limitar subidas. [oai_citation:4‡BOE](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-12203&utm_source=chatgpt.com)
  • Contratos anteriores: pueden seguir referenciados al IPC si así está pactado y encaja con el marco legal aplicable, por lo que conviene leer la cláusula exacta. [oai_citation:5‡Instituto Nacional de Estadística](https://www.ine.es/ipc/?utm_source=chatgpt.com)

Importante: no te fíes de frases tipo “subida según ley” o “según IPC” sin revisar la fecha y el texto contractual. En alquiler, el detalle importa: un cambio pequeño en una frase puede cambiar la actualización.

Subida del alquiler en 2026: índice IRAV

Subida del alquiler en 2026: índice IRAV

3) Cómo calcular la actualización paso a paso (sin liarte)

Paso 1: revisa la fecha del contrato y la cláusula de actualización

Busca en tu contrato el apartado de “actualización de renta”, “revisión anual” o similar. Comprueba:

  • Qué índice menciona (IPC, IRAV u otro).
  • Cuándo se revisa (aniversario, enero, etc.).
  • Si exige preaviso y cómo debe comunicarse.

Paso 2: localiza el dato oficial del índice

Para IRAV, el INE publica los datos mensualmente y permite consultar la tabla oficial. [oai_citation:6‡Instituto Nacional de Estadística](https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=72975&utm_source=chatgpt.com)

Paso 3: aplica la fórmula sobre tu renta actual

Ejemplo sencillo: si tu renta es 700 € y el índice aplicable (variación anual) fuese 2,0%, la actualización sería:

  • 700 € x 0,02 = 14 €
  • Nueva renta: 714 €

Lo que no es correcto es “inventarse” un porcentaje, aplicar IPC cuando toca IRAV, o sumar gastos como si fueran renta. Si te envían un cálculo, pide siempre que indiquen el índice y el mes de referencia.

4) Cómo debe comunicarse una subida para que sea válida

Lo más habitual es que el arrendador tenga que notificar por escrito la actualización, indicando el índice aplicado y el resultado. Si te avisan “de palabra” o con un WhatsApp ambiguo, y encima sin justificar el cálculo, mala señal.

Consejo práctico: responde siempre de forma educada pero clara, pidiendo:

  • Índice aplicado (IRAV o IPC).
  • Mes exacto del índice utilizado.
  • Cálculo detallado.
  • Fecha de aplicación (normalmente coincide con el aniversario, salvo pacto distinto).

5) Qué hacer si te suben de más (o te amenazan con echarte)

En Toledo estamos viendo dos escenarios típicos:

A) Subida superior a lo permitido

Si te suben más de lo que corresponde, lo recomendable es no entrar en discusiones eternas. Lo eficaz es: revisar contrato + responder por escrito + proponer el cálculo correcto. Si no rectifican, ya se valora la vía jurídica más adecuada.

B) “Si no aceptas, te vas”

Ojo con presiones. Una actualización anual no es lo mismo que terminar contrato. Cada figura tiene sus reglas, plazos y causas. Si te quieren forzar a pagar más usando amenazas, conviene analizar el caso con documentación.

Si además el conflicto incluye fianzas, desperfectos, o problemas de convivencia, puede ser útil apoyarlo con un planteamiento civil completo. En el blog del despacho tienes contenidos relacionados con reclamaciones y responsabilidad: Responsabilidad civil por daños.

6) Dos errores que cuestan dinero (y cómo evitarlos)

  • Pagar una subida “por evitar líos” y luego querer reclamar sin pruebas. Si pagas, guarda todo y deja constancia escrita de que no estás conforme si procede.
  • No pedir cálculo ni índice. Si no te lo dan, el debate se convierte en “yo digo / tú dices”. Con dato oficial del INE, la conversación cambia. [oai_citation:7‡Instituto Nacional de Estadística](https://www.ine.es/dyngs/INEbase/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736177110&idp=1254735976607&menu=resultados&utm_source=chatgpt.com)

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