Perdonados 29.000 euros a una pensionista que se endeudó intentando hacer frente a una reclamación de Hacienda

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La mujer desconocía que tenía la obligación declarar las cantidades cobradas por la pensión de viudedad y la prestación de desempleo

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Lleida ha perdonado una deuda de 29.093 euros a una pensionista que estaba en situación de insolvencia a raíz de que Hacienda le reclamara unas cantidades no declaradas provenientes de la pensión de viudedad y de la prestación de desempleo, y que la actora desconocía que tenía que tributar.

La mujer solicitó una serie de préstamos para hacer gastos a la reclamación de la Administración, así como a numerosos gastos cotidianos (ayudar económicamente a sus hijos, que se quedaron sin trabajado, y tener que pagar una hipoteca que ella había avalado). Sin embargo, esos préstamos tenían intereses muy elevados, por lo que la situación económica de la mujer se fue agravando en el tiempo hasta tal punto de no poder asumir las deudas.

No obstante, el Juzgado, tras examinar el caso, ha aplicado el mecanismo de la Segunda Oportunidad y le ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) a la mujer, al tratarse de una deudora de buena fe.

La abogada y socia fundadora del despacho Bergadà Abogados, Marta Bergadà, que ha representado legalmente a la deudora señala a Economist & Jurist que “hoy en día, hay numerosas personas mayores que se encuentran en una situación de insolvencia por las adversidades que han sufrido a lo largo de los años y muchas de ellas por avales prestados a sus hijos. La Ley de la Segunda Oportunidad es clave para ayudarles, ya que ellas siempre lo han hecho con todos sus allegados. Como abogados estamos en la obligación de estar a su lado para que tengan una vejez tranquila, como se merecen”.

Los hechos

La actora prestaba servicios en el sector geriátrico, pero en el año 2010 tuvo que dejar su puesto de trabajo por conflictos con la empresa y porque su pareja estaba enferma, por lo que tenía que cuidarla. Poco después enviudó, por lo que, además de cobrar la prestación de desempleo también percibía la pensión de viudedad.

A los pocos años, la Administración Tributaria le envió una carta indicándole que durante los años anteriores tenía que haber hecho la declaración de la renta al haber tenido dos pagadores.

La mujer, que desconocía que tenía que haber declarado dichas cantidades, y ante los gastos diarios propios y de sus hijos —quienes se encontraban en situación de desempleo y tuvo que ayudarles económicamente con sus gastos así como en el pago de los cuotas de una hipoteca de la cual ella era avaladora—, solicitó varios préstamos ante los numerosos gastos que tenía que asumir y dado que la pensión de viudedad que percibía era de poca cuantía, al igual que la ayuda por desempleo.

Sin embargo, esos préstamos que solicitó tenían intereses muy elevados, lo que provocó que empezara a enfrentarse a numerosas dificultades financieras que culminó con la incapacidad de hacer frente a los pagos.

Además, la situación de inestabilidad económica que padecía repercutió en su salud mental, que se vio gravemente afectada, sufriendo un considerable estrés.

Una deudora de buena fe

La deudora solicitó un abogado de oficio para que le ayudara a salir de dicha situación mediante un procedimiento judicial, pero se le fue denegado. Por ello, el pasado mes de junio acudió al despacho Bergadà Abogados, donde tras exponer su caso los letrados de la firma vieron que se trataba de una deudora de buena fe y, por lo tanto, podría acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

El despacho inició el correspondiente procedimiento, y el pasado 17 de septiembre el magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Lleida, Eduardo M. Enrech Larrea, dictó auto mediante el cual le perdonaba a la actora una deuda de 29.093 euros.

Fuente: https://www.economistjurist.es/