La revolución en el pago de los gastos derivados de una hipoteca empezó en Rivas Vaciamadrid
El fallo del Supremo que obliga al banco y no al cliente a pagar los impuestos al firmar, partió de un recurso de casación de su Empresa Municipal de la Vivienda contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La revolución en el pago de los gastos derivados de la firma de una hipoteca –obligando al banco y no al cliente a pagar los impuestos al constituir el crédito– parte de un recurso de casación de la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El Tribunal Supremo ha modificado su jurisprudencia anterior y en una nueva sentencia conocida este jueves y ha determinado que son las entidades bancarias las que deben abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria y no los clientes, como determinó en una sentencia previa del 28 de febrero de este mismo año.
Resuelve así un recurso de casación de la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid contra dicha sentencia. Desde el Ayuntamiento de esta localidad madrileña gobernada por Pedro del Cura (Somos Rivas, la marca local de Podemos) valoran la noticia como un todo un éxito. «Hemos conseguido que, ahora, miles de trabajadores y trabajadores a los que los bancos les obligan a que la hipoteca forme parte de las escrituras de sus viviendas ya no tengan que pagar esos Actos Jurídicos Documentados. Nos parecía absolutamente injusto, lo peleamos en los tribunales, la Comunidad de Madrid se alineó con los bancos pero al final el Supremo nos ha dado la razón. Eso lo tienen que pagar los bancos y no la gente. Esto demuestra que los ayuntamientos defendemos a la gente. Los Ayuntamientos son necesarios para que las situaciones injustas que vemos que pasan en nuestro territorio las llevemos a la Justicia. Ahora toda la población se va a poder beneficiar de esta medida porque un ayuntamiento decidió pelearlo hasta el final», ha explicado esta mañana el regidor que, además, preside la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid.
«La fundamentación de la sentencia, divulgada esta mañana, dictamina que el negocio inscribible es la hipoteca y que el único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de aquellos negocios es el prestamista, que solo mediante dicha inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y privilegiada que deriva la hipoteca», matizan desde el Consistorio.