La AN reconoce el derecho del trabajador a disfrutar como mejor le convenga de los cinco días retribuidos para cuidar familiares enfermos

La AN reconoce el derecho del trabajador a disfrutar como mejor le convenga de los cinco días retribuidos para cuidar familiares enfermos

No es obligatorio disfrutar el permiso desde el inicio de la enfermedad y sin posibilidad de hacer turnos, como defienden los sindicatos frente a la empresa RACE

Los trabajadores tienen derecho a disfrutar como mejor les convenga los cinco días retribuidos para el cuidado de familiares por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica, aunque no requiera hospitalización. Así lo ha dictaminado la Audiencia Nacional (AN) en una reciente sentencia.

En ella, la Sala de lo Social ha dado la razón al sindicato CSIF y a otras organizaciones frente a la empresa RACE, cuya actividad principal es de atención en carretera. Los sindicatos, en representación de toda la plantilla, denunciaban que esta empresa «realiza una interpretación restrictiva e injustificada de estos permisos exigiendo que se disfruten desde la fecha de la hospitalización y de forma consecutiva».

La AN destaca que este permiso tiene sentido cuando sirve para atender a la causa que lo permite. Así, si el día en que se produce la enfermedad o el ingreso en el hospital cae en fin de semana o festivo, lo razonable es que los permisos puedan iniciarse el siguiente día laborable.

El criterio restrictivo perpetúa la brecha laboral de género y desincentiva que los hombres asuman su deber en el cuidado de familiares

Además, según la Audiencia Nacional, la interpretación de la empresa resulta contraria al principio de igualdad real y perpetúa la brecha laboral de género, ya que supone un desincentivo para que los hombres asuman su deber de corresponsabilidad en las cargas laborales.

La sentencia es la número 102/2024, de 12 de septiembre. La firman los magistrados Ramón Gallo Llanos (presidente), Ana Sancho Aranzasti y Francisco Javier Piñonosa Ros (ponente).

Pedro Poves

El letrado Pedro Poves. (Imagen: CSIF)

RACE aplicaba este permiso de forma «absurda»

«En definitiva, los trabajadores afectados podrán determinar la fecha de inicio del permiso en función de sus posibilidades de su conciliación, mientras el hecho causante permanezca», celebra Pedro Poves Oñate, el abogado de CSIF que ha llevado el caso, además de responsable del Sector Nacional de Empresa Privada del sindicato.

«Pongamos el caso de un familiar de un trabajador que se pone enfermo grave un viernes. La primera discusión que hubo era si ese permiso comenzaba el sábado o el lunes. Esto ya lo solucionó el Tribunal Supremo en 2018 sentenciando que empezaba el lunes, puesto que sábado y domingo, si tiene un horario clásico, no lo necesita y el permiso es para cuando se necesita. Pero como en julio de 2023 hubo una reforma ampliando este permiso, ha vuelto a la palestra y tenemos empresas, como RACE, que lo aplican de una manera muy restrictiva y que acaba terminando en absurda», detalla.

Este letrado señala que «si el trabajador tiene, por ejemplo, dos hermanas y el padre tiene un accidente grave y va a estar hospitalizado un mes, según la teoría de RACE, es que tienen que estar los tres del 1 al 5, de lunes a viernes, pese a que ni siquiera les dejan entrar a todos a la habitación porque sólo se permite un acompañante».

Pedro Poves subraya que «esto no tiene ningún sentido y que lo ideal es que el trabajador se pueda turnar con sus hermanas y el padre esté atendido los 15 días que dure el ingreso». «La Audiencia Nacional nos ha dado la razón frente a la alegación de la empresa de que de esa manera no podía organizarse. Nosotros entendemos que sí que puede», señala.

CSIF critica que «esto que debería ser ‘de cajón’ hay empresas que lo llevan al absurdo», y afirma que esta sentencia «es un paso más en que es un permiso a cuidadores y la finalidad es el cuidado». «Si todas las empresas aplicaran el criterio del RACE, estaríamos todos los trabajadores en la puerta del hospital sin poder ejercer de cuidadores, colapsando, además, los hospitales los cinco primeros días del permiso y el resto, los enfermos sin atender», apunta Poves.

«Las empresas lo que tendrían que hacer en su gestión interna es adaptarse a las situaciones legales. Si el artículo 37 dice que es un permiso a los cuidadores, éstos tendrán que ejercer este permiso cuando haya alguien a quien cuidar. Y ese alguien a quien cuidar no es un capricho del trabajador, es una situación que de permanecer, se debe justificar, y la empresa tendrá que reaccionar y reorganizarse conforme a ese derecho», concluye.

Fuente: https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/la-an-reconoce-el-derecho-del-trabajador-a-disfrutar-como-mejor-le-convenga-de-los-cinco-dias-retribuidos-para-cuidar-familiares-enfermos/