• Link to Facebook
  • Link to LinkedIn
  • Link to X
  • Link to Youtube
Llámanos, Tlf.: (+34) 925 25 21 43
Majano Abogados en Toledo
  • INICIO
  • QUIENES SOMOS
  • SERVICIOS
  • ACTUALIDAD
  • CONSULTA GRATIS
  • CONTACTO
  • Click to open the search input field Click to open the search input field Buscar
  • Menú Menú
fraude de ley a los contratos temporales

El Tribunal Supremo considera fraude de ley a los contratos temporales de profesor en la Universidad de Barcelona para necesidades estructurales

23/06/2017/en Laboral, Trabajo

La sentencia aborda el problema planteado por un profesor que había trabajado para la Universidad de Barcelona a través de sucesivos contratos de carácter temporal desde el año 2003 hasta el 2013

La Sala de lo Social ha establecido que la normativa vigente, ni siquiera la específicamente prevista en materia de contratación de docentes universitarios, no ampara el recurso a la contratación temporal como fórmula habitual para cubrir necesidades docentes de carácter estructural y ordinario.

De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la Sala ha dictado una sentencia que indica que los órganos judiciales deben comprobar en el caso de los profesores asociados que la sucesión de contratos temporales en la universidad se realiza para atender necesidades provisionales o intrínsecas.

Para la Sala, cuando se incumple la finalidad prevista en el contrato porque es utilizado para cubrir objetivos distintos a la figura elegida “no estamos en presencia de una nulidad total del contrato sino de una situación de fraude de ley en la contratación”, que supone la consideración del mismo como indefinido no fijo y el cese como despido improcedente.

La sentencia aborda el problema planteado por un profesor que había trabajado para la Universidad de Barcelona a través de sucesivos contratos de carácter temporal desde el año 2003 hasta el 2013. Cuatro de los contratos los firmó como profesor asociado a tiempo parcial -2003 al 2007-, dos como profesor colaborador a tiempo completo -2008 al 2008- , y otros tres contratos como profesor lector a tiempo completo -2008 a 2013. Ese año la Universidad de Barcelona le comunicó la finalización del contrato de trabajo. Durante la vigencia de todos los contratos, según los hechos probados, el profesor realizó siempre las mismas funciones, impartiendo las mismas asignaturas troncales, además de otras asignaturas complementarias, en el Departamento de Escultura de la Facultad de Bellas Artes de la Universidad de Barcelona.

El juzgado de lo Social nº 12 de Barcelona estimó la demanda presentada por el profesor y declaró la improcedencia del despido condenando a la Universidad a su readmisión o al pago de una indemnización de 48.802 euros.

Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña estimó el recurso interpuesto por la Universidad de Barcelona contra la sentencia del juzgado y concluyó que la contratación irregular de un profesor asociado supone la nulidad total del contrato trabajo, lo que implica el cobro de la remuneración correspondiente al trabajo ya prestado como si hubiese sido un contrato válido.

La Sala de lo Social afirma que las modalidades específicas del ámbito universitario y los contratos temporales comunes, cuando resulten de aplicación, únicamente podrán ser utilizadas en los casos, durante los períodos y para las necesidades previstas legalmente; “no siendo el ámbito universitario un espacio inmune al cumplimiento de la normativa comunitaria y española sobre contratación temporal y las consecuencias de una utilización indebida de la misma”.

En su sentencia, con ponencia del magistrado Ángel Blasco Pellicer, pone de relieve que en dicho ámbito es posible la contratación temporal en los supuestos previstos en la ley, incluso para atender necesidades permanentes, siempre que responda a los fines e intereses protegidos por la norma legal, bien sea por razones ligadas a la necesaria relación entre la realidad práctica y profesional con la formación de los alumnos, bien a exigencias conectadas a la promoción y formación del docente, o a cualquier otra finalidad legalmente establecida.

La sentencia analiza las consecuencias que tiene la contratación temporal en fraude de ley como ocurre en este caso. En esos supuestos, concluye la Sala, no puede hablarse de nulidad total del contrato pues ni hay vicio en el consentimiento, ni es ilícito el objeto del mismo, ni hay simulación contractual. Como consecuencia de esa actuación fraudulenta, entiende que existía un contrato de carácter indefinido no fijo, cuya unilateral extinción bajo la alegación de la finalización de una duración temporal inexistente debió calificarse como despido improcedente.

Por todo ello, la Sala estima el recurso interpuesto por el profesor al no tener dudas de que la Universidad de Barcelona suscribió con él sucesivos contratos de duración temporal cuya celebración en fraude de ley resulta evidente por cuanto que, por un lado, se dirigieron a la realización de necesidades docentes regulares y estructurales que no estaban ligadas a los objetivos propios de dicha contratación; y, por otro, no había quedado acreditado que el docente realizara una actividad profesional ajena a la Universidad cuando fue contratado como asociado, ni que en la contratación como profesor lector se cumplieran las finalidades formativas ligadas a esa figura contractual.

“Nos encontramos sin duda ante una sucesión de contratos de duración determinada para atender a necesidades que en realidad no tienen carácter temporal, sino muy al contrario permanente y duradero”, sentencia la Sala.

Autor: Comunicación Poder Judicial

Fuente: http://www.poderjudicial.es

Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en LinkedIn
  • Compartir por correo
https://majanoabogados.com/wp-content/uploads/2017/08/fraude-de-ley-a-los-contratos-temporales.jpg 350 900 majanoabogados.com https://majanoabogados.com/wp-content/uploads/2017/03/Majano-Abogados-black-300.png majanoabogados.com2017-06-23 09:20:582017-08-22 09:21:32El Tribunal Supremo considera fraude de ley a los contratos temporales de profesor en la Universidad de Barcelona para necesidades estructurales
0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

 
Search Search
  • Mano dejando unas llaves sobre una hoja de inventario en una vivienda luminosa.
    Devolución de la fianza del alquiler: documentos, descuentos y reclamación17/09/2026 - 10:00
  • Material escolar, recibos y manos de dos adultos revisando un presupuesto sobre una mesa.
    Gastos escolares tras el divorcio: qué incluye la pensión y cómo evitar conflictos15/09/2026 - 10:00
  • Teléfono boca abajo y ordenador cerrado mientras una persona se aleja hacia un balcón.
    Desconexión digital: cómo actuar ante mensajes de trabajo fuera de horario10/09/2026 - 10:00
  • Persona revisando hojas de liquidación con un bolígrafo, una calculadora y una carpeta azul.
    Finiquito: qué revisar antes de firmar la liquidación del contrato08/09/2026 - 10:00
  • Mano sosteniendo unas llaves sobre una mesa con documentos en una vivienda con vistas a Toledo.
    Usufructo del cónyuge viudo: qué significa al heredar una vivienda03/09/2026 - 10:00
  • Mano sobre una agenda junto a un ordenador cerrado y una mochila escolar en un despacho doméstico.
    Adaptación de jornada por conciliación: cómo preparar una solicitud concreta01/09/2026 - 10:00
  • Manos sosteniendo una cámara para fotografiar una mancha de humedad junto a una ventana.
    Filtraciones y seguro del hogar: cómo documentar el daño y reclamar27/08/2026 - 10:00
  • Una persona mayor señala un documento que revisa junto a otra persona sentada a su lado.
    Poderes preventivos: cómo organizar apoyos respetando tus decisiones25/08/2026 - 10:00

Majano Abogados

Bufete de Abogados en Toledo

C/ Huérfanos Cristinos , 1 portal 3-1º A
45003, Toledo
TOLEDO

TLF: 925 25 21 43
Email: majano@majanoabogados.com

LE OFRECEMOS LA POSIBILIDAD DE CELEBRAR VIDEO CONSULTA SI NO PUEDE O NO DESEA DESPLAZARSE HASTA NUESTRO DESPACHO

Video Consulta con abogado en Toledo

  • Mano dejando unas llaves sobre una hoja de inventario en una vivienda luminosa.
    Devolución de la fianza del alquiler: documentos, descuentos y reclamación17/09/2026 - 10:00
  • Material escolar, recibos y manos de dos adultos revisando un presupuesto sobre una mesa.
    Gastos escolares tras el divorcio: qué incluye la pensión y cómo evitar conflictos15/09/2026 - 10:00
  • Teléfono boca abajo y ordenador cerrado mientras una persona se aleja hacia un balcón.
    Desconexión digital: cómo actuar ante mensajes de trabajo fuera de horario10/09/2026 - 10:00
  • Persona revisando hojas de liquidación con un bolígrafo, una calculadora y una carpeta azul.
    Finiquito: qué revisar antes de firmar la liquidación del contrato08/09/2026 - 10:00

Miembro de la Asociación de Española de Peritos Judiciales y Mediadores Arbitrales, nº: 594342
Bufete colaborador de Abogados365

HEREDEM ABOGADOS

© Copyright - Majano Abogados en Toledo
  • Link to Facebook
  • Link to LinkedIn
  • Link to X
  • Link to Youtube
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Link to: Se considera válido que el Ayuntamiento de Madrid adelante el horario de cierre de locales de ocio en Madrid si exceden ruido Link to: Se considera válido que el Ayuntamiento de Madrid adelante el horario de cierre de locales de ocio en Madrid si exceden ruido Se considera válido que el Ayuntamiento de Madrid adelante el horario de cierre...cierre de locales de ocio en MadridLink to: El Tribunal Supremo confirma la multa de 900.000 euros a la Organización de Productores de Mejillón de Galicia Link to: El Tribunal Supremo confirma la multa de 900.000 euros a la Organización de Productores de Mejillón de Galicia multa a los productores de mejillónEl Tribunal Supremo confirma la multa de 900.000 euros a la Organización de...
Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba