El Supremo considera delito el cultivo y distribución organizada de cannabis por un club de 290 socios.
El Supremo considera delito el cultivo y distribución organizada de cannabis por un club de 290 socios.
Establece que esa actividad no encaja en el supuesto de cultivo y consumo compartido de droga no punible penalmente.
El Pleno de la Sala II del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que el cultivo y distribución organizada, institucionalizada y con vocación de persistencia en el tiempo de cannabis entre un colectivo integrado por 290 personas Leer más

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