RGPD

¿Cuáles son las sanciones por vulnerar el Reglamento de Protección de Datos en España?

La actual normativa de Protección de datos contempla multas de hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual de una empresa que descuide la privacidad.

La anterior legislación que ha estado en vigor casi 20 años, contemplaba sanciones que oscilaban en función de los derechos personales dañados, los beneficios obtenidos, al grado de intencionalidad, la reincidencia o los perjuicios causados a las personas afectadas. Las multas iban desde los 601 a los 601.012 euros. Eran cantidades razonables para empresas medias aunque cuantiosas para un particular.  Sin embargo, en mayo de 2018, cuando entró en vigor el Reglamento General de Protección de Datos, las sanciones aumentaron de modo considerable.

El RGPD aplica sanciones durísimas que incluso pueden llegar a los 20 millones de euros o, en función de lo que determine el juez, hasta el 4 % del volumen de negocio de la última anualidad declarada por una empresa. Estas sanciones se impondrán para el caso de  que se demuestren vulnerados los principios básicos para el tratamiento de los datos como los derechos de los interesados, las obligaciones marcadas por la autoridad de control o el derecho de los estados miembros y también si se produce un incumplimiento de una resolución o de una limitación temporal o definitiva. Se controla especialmente el cumplimiento de las obligaciones del encargado de gestionar esos datos y se comprueba que no se produzcan transferencias de datos personales a un destinatario en un tercer país, lo que daría lugar a una sanción ejemplarizante.

 

Así pues, cuidado, mucho cuidado con lo que hacemos en esta materia, pues la broma nos puede salir muy, pero que muy cara.